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12-01-2022
DON BENITO

El inquilino de una tienda de ropa de Don Benito queda exento de pagar la mitad del alquiler de los dos meses de confinamiento

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 La Audiencia Provincial ha dado la razón al inquilino de una tienda de ropa de Don Benito que solicitó una reducción del alquiler correspondiente a los dos primeros meses de la pandemia, cuando los negocios no esenciales tuvieron que cerrar sus puertas de forma obligatoria.

Una resolución pionera basada en la cláusula 'rebus sic stantibus' para reducir la renta del establecimiento mediante la que 'Barrasa Inversiones, SL', arrendataria de un local en Don Benito cuya actividad está relacionada con la franquicia Mango, demandó a 'Confecciones Montosa, SL'.

En la demanda Barrasa pedía la subsistencia del arrendamiento por tácita reconducción así como la reducción de la renta por razón de dicha cláusula. La sentencia dictamina que «Como es sabido, con carácter general y en virtud del principio de la autonomía de la voluntad, los contratos no se pueden modificar, ni siquiera aun cuando las circunstancias cambien y se altere el equilibrio inicialmente pactado. Ello no obstante, aunque nuestro Código civil no lo prevé expresamente, la jurisprudencia del Tribunal Supremo terminó admitiendo la vigencia de la doctrina de la cláusula ‘rebus sic stantibus’ para aquellos supuestos, siempre excepcionales, donde se rompía el equilibrio de las prestaciones por la irrupción sobrevenida e imprevisible de nuevas circunstancias».

Por tanto, aunque en noviembre de 2020 El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz desestimó la demanda, la Audiencia Provincial ha sido quien ahora ha declarado la aplicación de la cláusula, para reducir así a la mitad la renta a pagar del 14 de marzo hasta el 21 de mayo de 2020.

2012 © COPE Don Benito - Villanueva
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